Fallo de la Saprema Corte Buenos Aires, Marzo 22 de 1802 Vistos : Por los fundamentos aducidos en los enatro primeros considerandos de la sentencia apelada de foja 14 vuelta; y de conformidad con lo expuesto y pedido y y por el Señor Procurador General en su vista de foja 24:
se confirma con costas dicha sentencia; y repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA. —C. S. Ti LA TORRE, — ABEL Bazan.
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:380
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