Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 47:338 de la CSJN Argentina - Año: 1891

Anterior ... | Siguiente ...

fijado en juicio por separado, si las partes no conviniesen en determinarlo de comun acuerdo. Repónganse los sellos y devuélvanse.


BENJAMIN VicroRICA.—C. NS. DE
La TORRE, — Less V. VAneña —AneEL Bazan. — Luis SAENZ

PEÑA.


CAUSA NEVI
Crimmal rontra los empleados de Correos Dan Santiago Let maestra y Don Carlos Robert, por sustrarción de ra/ores rertificados i su guarda, y romplividad en la misma.

Sumario.— 1". Veriticado el cargo de la entrega de mima suma en timbres postales al Jefe de la Oficina de "Tim.

bres, la falta de parte de diclur sumo, constituye, el delito previsto y penado por el artículo SO de la ley eriminzl macional de 14 de Setiembre de 18653.

Y. Consentida por el Ministerio Fiscal la sentencia de Panstancia, la pena impuesta por ella no puede ser agravada,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

45

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1891, CSJN Fallos: 47:338 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-338

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 47 en el número: 338 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos