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Fallos: 46:389 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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CAUSA CCCLXXIV
El dortor don Luis F. Araoz, rontra la Municipalidad de Tucuman, por interdieto de despojo ; sobre competencia.

Sumario.— 1". La Justicia Federal es competente para conocer en la demanda civil entre una Municipalidad de Provincia y un vecino de la Capital. l 2, No obstaal ejercicio de esta jurisdiccion, el carácter de contencioso-administrativa que se atribuya á la demanda, ni la disposicion de la Constitucion y leyes locales que crean para esa clase de demandas un fuero especial.

Caso. — Lo explica el ; Fallo del Juez Federal Tueuman, Julio 10 de 1591. | Y vistos: Sobre la articulacion deducida por el repre- i sentante de la Municipalidad de esta ciudad, á fin de ! que el Juzgado se declare incompetente por razon de la q 3

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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:389 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-389

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