Esta operacion $: hizo saber á la parte »xpropiante, en-5 de Agosto del corriente año, En 11 del mismo mes de Agosto, pidió la parte expropiada que se intimase al expropiante, bajo apercibimiento que depositase en término de tres días en el Banco de Londres y lio de la Plata, el importe de la liquidacion, á la órden del Juzgado, y que propusiera escribano para extender Las seritura. Asflo dispuso el Juez, s'endo notificado por cédula el 14 ide Agosto, vi apoderado del expropiante En 24 de Agosto, se presentó vste expomento: que antes de hacer la oblacion ordenada, era necesario rectificar la Tiquidacion, pues había notado que se había hecho con arreglo ú los antecedentes suministrados por el Banco Nacional, mientras que debió serlo por los del Banco de la Provincia, por tratarsede un asunto iniciado en La Plata y en cuyo Banco fué depositado el precio ofrecido, (El juicio, en efecto, se mició ante el Juzgado de la seccion de Buenos Aires, y por haber quedado comprendido el terreno materia de la expropiación, dentro de los límites de la Capital, fué pasadral Juez Federal en ésta). — Agregó el expropiante, que si antes no había observado la liquidación, fué por que la encontró exacta en cuanto Á los cálculos; que antes de hacerse el pazo, los propietarios deben ucreditar que actualmente son propietarios del terreno y que su< títulos no son defectuosos. Pidió que se dejara sin efeeto la órden de hacer el depósito hasta que se cumpliera lo que deja inú,cado, Corrido traslado, la parte expropiada observo que la liquidacion estaba consentida, como tambien el auto que para practicarla ordenó que se pidieran al Banco Nacional antecedentes respecto de los intereses; y pidió que no se hiciera lugar, con costas, úlo solicitado por el expropiante, y se librara mandamientode embarzo, — En enanto á los títulos de propiedad, los presentó,
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:249
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