238 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE presa demandante del Oeste Santafecino para esta exigencia en el texto del artículo 56 de la ley nacional de ferrocarriles de 1872, como tambien en lus obligaciones asumidas ex-contrato por la Empresa demandada del Central Argentino y a que se refiere la carta de fecha 8 de Enero de 1883, dirigida por el Administrador provisorio del Central Argentino al Ingeniero Director del Oeste Santafecino, corriente á foja 130; derechos y hechos contestados por parte de la Empresa demandada oponiéndose ú ellos, fundándose, en cuanto á lo primero, en la circunstancia de que la ley de Ferrocarriles indicada, Como sancionada por el Congres» Nacional, sólo rige para las empresas férreas de carácter nacional y no para las que como la del teste Santafecino toman un carácter meramente provincial; y negundo el segundo la razon de que dacarta aludida de foja 146 ho se refiere al empalme de la vía principal sinó únicamente al ernes de los rieles del Deste Santafecino con el Central Argen tino, para que aquel pudiera levar st línea hasta eletificio de lus graneros y muelles del Rosario, enya ubicacion se encuentra vecina á la del Central Arzentino, y respecto si lo cual esta Empresa cla del Central me había tenido invonveniento en acceder dá las exigencias del Oeste Santafecino permitiendo dicho ertice escritos de demanda y contestación corrientes respectivamente á fojas 32 y 90 de estos autos), Vor elauto que se registra a feja P16 vielta, La entisi se abre a prueba, exclusivamente sobre el convenio de empatme y uso de la vía del Central, algado en la demanda, Y en su mérito, la parte del Ferrocarri) Oeste Santafecino produce la que corre a fojas 143, 116, 147, 449, 151. 153 y 154.
Dos son. pres, Tas enestiones á resolver, siendo la primera si la ley nacional de Ferrocarriles del año 1872, rige solo para las líneus féresas de carieter nacional, ó tambien para las de carácter provincial, en enyo último caso se encuentra la Empre=
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:238 
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