Mi " : " 234 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE indicación d - la oficina de que emune, en el cual se inserta una exposicion de los hechos á que se refiere la demanda, hecha por el actor en dde Abril del corriente año, El Juez dicto el siguiente anto :
Buenos Aires, Mayo 20146 INV] Vistos: Por loque resulta de las rectificaciones hechas en" el precedente escrito, y estando ya claramente establecido que se se demanda 4 don Nicolás Mihanovich, en su calidad de propietario ó armador del vapor remolcador eKoelnz, por averías inferidas al paíebot « Jóven Bayonesa », que aquel remoleaba; comparezcan á juicio verbal di los efectos del artíenlo 1269 del Código de Comercio, en la vudiencia de día 26 del corriente, á las dos de la tarde, Teiin.
Por diversos motivos, el juicio verbal se realizó recien el 47 de Setiembre. En úl, reiteró el actor su demanda y nombró como perito i Don Angel Ghigliazza, El demandado expuso: que no era el caso de nombrar árbitros, porque no se había presen tado con la demanda la protesta que requiere la ley, notificada á Mihanovich, pues el documento presentado no es sinó una simple relacion hecha ante la subprefectura del Niachuelo, por lo eual correspondía rechazar la demanda. El demandante expuso: que el apoderado de Mibanovich, para asistiral juicio, sólo había presentado una carta poder que sólo lo autorizaba para el acto, pero nu para contestar la demanda vi para oponerse 4 autos eoxsentidos que han determinado el alcances del nombramiento de peritos: que la exposicion hecha ante la subprefee= tura marítima, demuestra que el demandante cumplió con su
Compartir
64Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1891, CSJN Fallos: 46:234 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-234¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 46 en el número: 234 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
