tores Conrado ueker y Jaime J, Costu, contra la sociedad anónima e Graneros y Muelles del Rosario >, sin especial condenacion en costas.
Iágase saber con el original y repóngase el papel.
Nicanor ti, del Solar.
Interpuesto recurso de apelación y nulidad, se dictó el Ealio de Ia Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 3 de 1801.
Vistos : Considerando en cuanto al recurso de nulidad deducido:
Primero : Que se ha afirmado por el recurrente, sin oposicion de la parte contraria, que el siete de Noviembre de mil ochocientos ochenta y siete, en que aparece dictada la sentencia recurrida, en la ciudad del Rosario, el Juez Federal ad hoc doc— tor Nicanor Gonzalez del Solar, desempeñaba ya, y desde algunos meses antes de esa fecha, las funciones de Juez de Primera Instancia en lo Comercial de la Capital de la República.
Segundo: Que para comprobar esta alirmacion el recurrente ha presentado los números del periódico Doletin Judicial, que corren de foja ciento noventa y cuatro á foja descientos dos, en los que se da cuenta del despacho del « Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial ú cargo del doctor don Nicanor Gon zalez del "olar», en cineo de Noviembre de mil ochocientos l ochenta y siete, lo que importa demostrar que el día siete del mismo mes, en que aparece dictada la sentencia recurrida, aquel magistrado ya desempeñaba las funciones ordinarias de | su cargo judicial en esta Capital,
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:13
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