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Fallos: 45:208 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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208: FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 3 Talle de la Suprema Corte .

Nuenos Aires, Agosto 1 de 1891 y Vistos: Estando excluidos de la jurisdiecion de los TribunaE les Federales las acciones por cobro ó defraudacion de rentas E fiscales ó municipales, que sean exclusivamente para la capital y N no generales para la Nacion, cualquiera que sea la naturaleza ú e vecindad del demandado, con arreglo á lo dispuesto por los artíE culos ciento cuatro, inciso quinto, de la ley de Organizacion de los Tribunales de la Capital y veinticinco, inciso tercero, del Có digo de Procedimientos en lo Penal, y ú lo resuelto por esta SuE prema Corte en el caso que se registra en el tomo veinticuatro (1), Í página doscientos cuarenta y seis de sus fallos, lo cual no se | opone á la disposicion del artículo cien de la Constitucion, por hallarse el Gobierno y régimen dela Capital sujetos exclusiva mente á la legislacion del Congreso, con arreglo ú lo dispuesto |, por el artículo sesenta y siete, inciso veintisiete de la misma Constitucion: se declara que el conocimiento de esta causa no corresponde á la justicia federal y sin e:ecto, en consecuencia, lo actuado en ella. Repónganse los sellos y devuélvanse.


L BENJAMIN VICTORICA,—C. $. DE
LA TORRE.--LUIS V. VARE| LA, — ABEL BAZA. — LUIS
Í SAENZ PEÑA.
k E (1) Tomo 15, série 2".

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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:208 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-45/pagina-208

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