ña hasta en estas mismas excepciones; que es evidente, su único propósito es esquivar el cumplimiento 'de obligaciones, quizá, legítimamente exigibles de su representada. Por ello, declarándome competente mando: que don Antonio Diaz, representante de la sociedad anónima «Colonizadora Popular>» conteste derechamente la demanda en el término de ley.
Declaro las costas á cargo del vencido. Regulo el honorario del señor Fort en 30 pesos, AMfredo Parodié,
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 23 de 1841.
Suprema Corte:
Por los fundamentos del auto de foja 23 vuelta, soy de opinion que él debe ser esnfirmado por V. E, Antonio E. Malaver.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 16 de 1897, Vistos: Por sus fundamentos, y deconformidad á lo pedido por el señor Procurador General: se confirma con costas el auto
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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:106
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