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Fallos: 44:60 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 2 de 1891, Vistos: Por los fundamentos del auto de foja setenta y ocho, se confirma el auto apelado de foja sesenta y cuatro. Repuestos los sellos, devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA. — €. 5, DE

LA TORRE.— LUIS V. VARELA.
—AREL BAZAN. — LUIS SAENZ

PEÑA.

CAUSA CXE VIII
Don Antonio de Oro contra don Eduardo talles, y despues dor Trifon Cárdenas, por cumplimiento de contrato; sobre desistimiento y daños y perjuicios.

Sumario.—Los daños y perjuicios resultantes de la rescision de un contrato, son de cargo del responsable de ésta.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:60 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-60

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