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Fallos: 44:299 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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DE JUSTICIA NACIONAL 299 En seguida declaró abierto el juicio testamentario por el siguiente seTO Viedma, Detubre 31 de 1889, Autos y vistos: resultando que el Ministerio Fiscal es parte legítima envl presente juicio, y que á falta de la partida, se hala comprobado con la informacion recibida, el fallecimiento del intestado: asf se declara y háse por abierto el juicio testamentario del intestado Don Francisco Agñero, y llamados por edictos á los interesados y acreedores, por treinta días, como lo previene la ley, que se publicarán en

Abraham Are.

Hecha la citación por edictos, ú peticion del fiscal, el Juez declaró la herencia vacante y nombró curador de ésta por el siguiente arro Viedua, Febrero 3 de 1890, Vistos y considerando: 1 Que teniendo noticia La Policía de que Don Francisco Agúvro había fallecido ab-intestato en el Rio Colorado, distrito Adolfo Alsina, sin dejar herederos, procedió

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:299 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-299

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