ramo, que enlas operaciones de Aduana tengan un carácter penal ó importen el ejercicio de una accion de carácter judicial sobre bienes de particulares, Y finalmente que la disposicion del artículo mil sesenta y tres de las Ordenanzas de Aduana, no vs excluyente de la jurisdiccion de revision que en los demás casos mencionados corresponde 4 los Tribunales Federales, Por estos fundamentos y oído ul señor Procurador General, se revoca el auto apelado de foja cuar"nta y nueve, y se declara que el Juez de Seccion, reasumiendo la jurisdiccion de que se ha desprendido, debe proceder ú resolver lo que corresponde en el .
incidente pendiente.
BENJAMIN VICTORICA.—C, 5. DE
LA TORRE. — ABEL BAZAN.—,
LUIS SAENZ PEÑA,
CAUSA EXC
El Ferrocarril del Sud contra el br. D. Alfredo Lahitte y D.
Alfredo C. Lahitte, por expropiación: sobre competencia y posesion provisoria.
Sumario.— Sin haber sido decididas las cuastiones sobre incompetencia y devolucion de la posesion, deducidas como pré
Compartir
45Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1891, CSJN Fallos: 44:255
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-255
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 44 en el número: 255 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos