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Fallos: 44:22 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Fallo del Juez Federal Corrientes, Agosto 27 de 1890, Y vistos: estos autos seguidos por el Ferrocarril Nordeste Argentino de Corrientes ú Caseros, contra doña Juana Ramírez, por expropiacion.

Y resultando: 4° Que, demandada la señora Ramirez para la expropiacion de ciento setenta mil metros cuadrados, entre los kilómetros 37: y 43", se le ofreció por vl representante de dicho Ferrocarril, por valor del terreno á razon de quince mil pesos moneda nacional la legua de 2700 hectúreas, incluyendo en ese precio toda indemnizacion por fraccionamiento, etcétera, ó sea, noventa y cuatro pesos con cuarenta y cuatro centavos billetes de curso legal, como lo acredita el boleto de depósito de foja 4.

2" Que, desechada esta propuesta por la señora Ramírez, se procedió al nombramiento de peritos, los que dictaminaron como se ve ú fojas 108 y 110, el primero, señor Llopart, estimando el terreno € indemnizacion en la suma de dos mil ochocientos sesenta y ocho pesos con sesenta centavos, y el segundo, señor Lavignolle, estima el valor del terreno á expropiarse, á razon de quince mil pesos la legua, y la indemnizacion en una suma igual á ese valor, ó sea el valor ú indemnizacion, en ciento ochenta y ocho pesos con ochenta y ocho centavos.

3" Que, en vista le esta notable divergencia y razones alegadas por los peritos, hay que tener en cuenta tambien lo que resulta de las circunstancias de autos.

Y considerando: 4" Que, en cuanto al valor del terreno, aunque el representante del Ferrocarril lo ha estimado, incluyendo

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:22 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-22

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