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Fallos: 44:25 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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CAUSA CXLIEI
D. Antonio Botazzini contra la Empresa del Ferro-carril Central Argentino, por daños y perjuicios : recurso del articulo 14 de la ley sobre juris liecion de los Tribunales Nacionales, Sumario. — 1 No es admisible el recurso de nulidad que se interpone de sentencias de un Tribunal superior de Provincia, sin expresar motivo alguno legal que tenga relacion directa € inmediata, con disposiciones ú leyes de carácter nacional, 2" Tampoco lo es el de apelacion, cuando la ley nacional que se invoca, establece para el caso en cuestion, la aplicacion de lus disposiciones del derecho comun.

3 La cláusula esín responsabilidad» autorizada por los reglamentos aprobados por el Ejecutivo Nacional, en los conocimientos de carga, no exonera á las Empresas de ferrocarriles de la responsabilidad por los daños ó averías provenientes de hecho ó culpa propia, ó de sus factores, dependientes, ó empleados.

Caso.—Lo explica el siguiente

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-25

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