de base al criterio judicial para la estimacion y mucho más en el Cuso ocurrento, que 10 es excepcional y no escapa 4 la regla general.
5" Que en terrenos de aemejantes condicionta, de propiedad del doctor Insiarte, equidistante más de mil metros, en dircccion más arriba del que se litiga, «e ha fijado por este Juzgado on dos pasos moneda nacional el metro cuadrado, incluyéndose on él los perjuicios que se han causado por la expropiación y esta base es equitativa tratinduse de terrenos de sims y muchos de ellos de aluvion, 6° Que los perjuicios que se aprecian en dos mil, cuatro mil y siete mil pesos moneda nacional, tambien es evidente que han sido exagerados, y que en este cano no debe exceder del valor del terreno 4 expropiar porque ellos consisten esencialmente en un pequeño triángulo que queda separado á la centrada de la vía del terreno, y entre esta y la calle que pasa por el fondo y paralela á la vía.
T Que debe tenorac en cuanta, sin embargo de todo, que Ja fraccion de tierra de que se habla enel anterior considerando, queda completamente inútil, tanto para el propietario cuanto parala misma Empresa, dado el caso que quisiera dársele un destino apropiado, pues no lo permiten ni en sa forma que es completamente la de un ángulo en su menor expresion, eomo la de en pequeña seperficie. + 8" Que bay tambien que tener en cuenta que el terreno se encuentra completamente cultivado, sin embargo que no ue explica el Juzgado, cómoel perito tercero expresa lo contrario en su informe de foja 40. El Jusgado crec que en ello aólo existe un error de conocpto; pues el día nueve de Noviembre que él vi£itó en persona el terreno mencionado, le encontró porfectamente trabajado y cultivado, 9" Qne el mayor perjuicio que se tiene y es de hacerse menclon en favor del propietario, sy el perjuicio osusional de que la
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:217
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