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Fallos: 44:135 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Interpuesto el recurso de revocatoria y apelacion se dictó el siguiente Aute del Juez Federal Autos y vistos: La revocatoria del auto que ordena la inhibicion de bienes dictado 4 requisicion y bajo la responsabilidad del Banco Nacional, en el juicio ejecutivo que éste sigue contra D. Pedro García.

Considerando: Que es deber de los Tribunales Federales, ajustarse en sus resoluciones á la jurisprudencia sentada por la Suprema Corte Federal, que es el órgano supremo en su jerarquía.

Que este Tribunal ha resuelto en el caso seguido entre D.

José M. Ortiz, contra D" Petrona C. de Iriundo, sobre inhibicion: Que «existiendo una sentencia favorable, procede la inhibicion bajo la responsabihdad del solicitante » como puede verse en lapágina 294, causa CVITI, tomo 18, segunda série. Queexistiendo esta declaracion de la Suprema Corte, en el caso citado, para resolver el caso sub-judice, corresponde, pues, ver si existe 5 nola sentencia favorable, que es el antecedente necesario para decretar la inhibicion, á peticion del solicitante y bajo su responsabilidad. Que es evidente que existe en el presente caso esa sentencia, siguiéndose como se sigue un juicio ejecutivo, sin que se haya opuesto excefcion alguna en el término de ley.

Que por otra parte, es notoria la solvencia del solicitante para asumir la responsabilidad de la inbibicion: « Eodem ratio idem jurí, cum in aliqua causa sententia lejum manifesta est, ad similia proceiere debet». Por estas consideraciones y las concordantes del escrito de foja... no se hace lugar á la reposicion solicitada del auto que ordena la inhibicion general del ejecutado; y se concede en relacion y en ambos efectos, el recurso de

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-135

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