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Fallos: 44:140 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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esto corresponde á los interesados. Que si estos no lo hacen quedan los medios compulsorios establecidos á posteriori, pero Do a priori, como se pretende; Que con estos antecedentes ála vista, solicita que se ordene á Bolti reciba la carga que está en la Estacion y de la que ue paSs aviso para que la recibiera; y que en cuanto ú la exoneracion del pago de fletes, el Juzgado no debe hacer lugar, con costas, á la demanda.

Habiendo sido entregada en su mayor parte, durante la tramitacion del juicio, la carga demandada, y estando la Empresa dispuesta á entregar el resto inmediatamente, la cuestion queda reducida Á saber: si procede la exoneracion del pago "del flete correspondiente á esa carga, á que se refieren las ocho guías presentadas con la demanda, Y considerando : Que no es negado por la Empresa demandada haberse verificado la demora que el demandante alega, para pedir la exoneracion de fletes por el acarreo de las mercaderías á que se refieren las guías adjuntas á lá demanda, Que, enténces, es de rigurosa aplicacion lo dispuesto por el artículo 188 del Código de Comercio, mediante el cual, el retardo enla ejecucion del transporte por doble tiempo del estabiecido para la verificacion del mismo, hace al porteador perder el precio completo del transporte.

Que el demandante, amparado por el artículo 205 del citado Código, ha traído su gestion ante este Juzgado, demandando al Jefe de la estacion local, como estacion de arribo de la carga.

Dicho artículo establece que las acciones que resulten del contrato de transporte, podrán ser deducidas antela autoridad judicial del lugar en que resida un representante del porteador, y si se tratase de caminos de hierro, ante la autoridad judicial del lugar en que se encuentre la estacion de partida 6 la de arribo.

Que debiendo ser continuo el transporte, desde el punto de recibo de la carga, hasta el punto en que ella debe ser entregada,

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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:140 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-44/pagina-140

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