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Fallos: 41:129 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Los hechos han pasado de la manera siguiente:

El día 44 de Enero me embarqué en Amberes, en el vapor aleman «Stuttgart» con destino á Buenos Aires, siendo mi primer cuidado al instalarme á bordo prevenirle al capitan que en uno de los baules de mi equipaje traía un paquete conteniendo una partida de alhajas como muestra comercial de mi industria personal, El capitan me contestó que le advirtiera cuando llegara al punto de destino.

En consecuencia, así que llegó el buque al puerto y luego que las respectivas autoridades le dieron la libre plática y pude acercarme al capitan le repetí mí anterior manifestacion, á lo cual contestó que encontrándose á bordo los representantes del agente del vapor 4 quienes me indicó me dirijiera y les hiciera la declaracion de la mercadería que conducía con mis equipujes á fin de que cumplieran con las formalidades aduaneras del caso, Asf lo hice inmediatamente. Contestáronme los agentes que la visita de Aduana ya se había retirado de á bordo para hacer ante ella la declaracion, pero que podía desembarcar tranquilo presentando y declarando á los primeros empleados del Resguardo que viera 4 midesembarque con mis equipajes, el baul conteniendo el paquete de alhajas, y que la agencia anotaría dicho bulto en el manifiesto general, conforme á lo establecido por las Ordenanzas de Aduana.

El dia 11 entre 5 y 6 de la tarde desembarqué con mis equipajes € inmediatamente de ser conducidos á la casilla de revisacion me presenté al empleado encargado de esa operacion, € indicándole el baul donde estaba el paquete con las alhajas, le declaré su contenido como ya lo había hecho ú bordo. El empleado aparentó no comprender el idioma francés y me mandó abrir el baul , lo que hice en el acto y sacando por mis propius manos el paquete de alhajas, lo puse en las del empleado, pidiéndole lo conservaraen calidad de depúsito hasta T, XI Lu

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:129 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-129

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