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Fallos: 40:437 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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£l Dr. Vócus pidió se dejaran sin efecto los dos autos referidos y sele concedieran en caso denegado los recursos de apeJacion y nulidad.

En otrosí recusó al secretario Sr. Munilla.

Auto del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 19 de 1889, Estando redactado el presente escrito en términos inconvenientes y no siendo parte el solicitante en esta causa devuél vasele sin más trámite, haciéndosele presente que no ha debido olvidar los respetos debidos al Juzgado, Uyarriza.

El Dr. Vócos manifestando que no había tenido intencion de faltar á los respetos debidos al Juzgado, y alegando que le era neoesario proseguir los recursos interpuestos, pidió que el Juez se pronunciara sobre ellos mandando testar los términos de su escrito que conceptuase inconvenientes y en caso denegado le concediera el recurso de apelacion.

Auto del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 24 de 1859.

Estando resuelto que el solicitante no tiene personería, no ha lugar.

Ugarriza.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:437 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-437

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