Fallo del Juez Federnt L Catamarca, Marzo 26 de 1889.
Vistos los autos seguidos por el Dr. D, Santiago Santa Coloma, en representacion del ciudadano argentino D. José S. Guyot, contra el súbdito estrangero D. Leopoldo Delletery, y de los que resulta; Que el primero demandó al segundo esponiendo : que encargó á Delletery el cobro de una letra girada á su favor y á cargo de la sucursal del Banco Nacional por valor de quince mil cuarenta y cuatro pesos con cuarenta. centavos, habiendo para el efecto endosado la letra; que Delletery despues de cobrarla, entregó al demandante por partes casi la totalidad de ella, exceptuando dos mil pesos, más 6 menos, que retenía alegando tener derecho á una comision de diez por ciento sobre el valor total, por cuya Causa pedía la rendicion de cuentas del mandato de la referencia
á fin de que exhibidos los recibos de las cantidades entregadas á
su comitente y comparadas con el giro, del cual existía constancia en el Banco Nacional, se le mandara pagar el saldo que resultare.
Corrido traslado al demandado este contesta: que el señor Guyot se presentó á su casa diciendo que ni él, ni sus amigos podían cobrar la letra y sí Delletery valiéndose de sus relaciones, estipulando en consecuencia que entregaría por partes el importe de la letra y ab: naría el diez por ciento de comision ; que habiéndose llevado á efecto el mandato con arreglo á lo estipulado se ha entregado al demandante la totalidad del importe de la letra, deducida la comision espresada menos quinientos dos pesos con veinte y nueve centavos (ps. 502,29 cent.), los que
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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:339
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