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Fallos: 4:452 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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5 Cómo es cierto que tanto él como su abogado dijeron al juez que no aceptaban las bases de transaccion, miéntras se indicase en ellas haber habido sociedad, y que entonces redactó el juez un artículo de su puño y letra, previniéndoles que no podria responder que fuese aceptado por Saenz.

Informó ser cierto lo de la redaccion adiccional que se indica, y que no recordaba pero suponia cierto hubiese hecho la prevencion indicada. , 6 Cómo es cierto que aun despues de rechazado por Saenz ese artículo, insistió el juez en que la transaccion se aceptara, y que su abogado respondió nuevamente nó.

Informó ser cierta la primera parte, y recordaba la segunda.

Posiciones que absolvió Manuel Antonio Bustos, apoderado de Saenz:

1" Como es cierto que su instituyente Saenz tiene amistad estrecha con el señor juez, doctor Ormaechea.-—Contestó ser falso.

2? Cómo lo es que la transaccion provisoria que se presentó fué por conducto del señor juez, estrajudicialmente. — Contestó ser falso.

3» Cómo lo es que los artículos de esa transaccion fueron redactados por el doctor Ibarguren juntamente con el señor juez, y que este introdujo despues algunas modificaciones con arreglo á las instrucciones del doctor Ibarguren.—Contestó ser falso que el juez hubiese tenido parte en la redaccion referida ; que ella fué esclusivamente hecha por el doctor Ibarguren de acuerdo con Oliva; que habiendo este manifestado cierto inconveniente para firmar la transaccion cual estaba redactada, el señor juez introdujo una modificacion espresada en una palabra puesta entre renglones, y que esto mismo lo hizo 4 instancia de Oliva.

49 Cómo lo es que el señor juez hizo conocer, hasta cierto punto, su opinion sobre el asunto.—Dijo ser falso.

Interrogatorio.

1 y única.—¿Si saben y les consta que el señor juez doctor

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:452 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-452

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