Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 4:377 de la CSJN Argentina - Año: 1866

Anterior ... | Siguiente ...

lítico ¿ por qué, sin autoridad alguna, habian intentádó cerrar la sangria? Soria dijo, que ha cido lo que se le pregúnta, pero que no sabe por quien fué puesto el juez.

Posiciones que absórvié el doctór Ibúrgiren, como represen tante de la Municipalidad.

12 ¿Cómo es cierto que recibió instrucciones de la Municipalidad, para sóstener el derecho á la mitad de las aguas dela Quebrada? Contestó ser falso, porque las instrucciones se limitan á lo que creyera tener derecho el Departamento.

22 ¿Cómo es cierlo que la Municipalidad sostiene que el agua de la Quebrada es de propiedad pública? Contestó, que el absolvente es quien sostiene eso, ¿Cómo es cierto que la Municipalidad sostiene que los Vecinos del Resário que actualmente riegan sus tierras, haciendo sangrias; tienen para ello lejíthuo derecho? Contestó que es ¡falso ; púes solo se sostiene respectó de los que han adquirido la servidambre per el uso.

4° ¡Cómo os cierto que el informe inserto en -el número 245 de «La Actualidad» es obra del absolvente? Contesta que es cierto.

La informacion producida por el doctor lbargúren, es la Siguiente :

Interrogatorio:

10 Si les corista dúe desde tiempo inmemorial todós los terrenos de labranza, én él departamento del Rosario de Lerma, hán sido siempre regades cón el aguá que se toma del rio de la Quebrada del "Toro.

Juan Boedo, de 28 años y deudor de Navea, dijo, que por lo que hace al Pacará, sobre que verse la cuestion, esciertó, porque así lo convence el aspecto del terreno, y lo ha oido á todos desde 4 años atrás que recide en el lugar.

José Domingo Sanchez, de 28 años, dijo que es cierto.

Manuel Sanchez, de 50 años, que es cierto.

26

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

56

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1866, CSJN Fallos: 4:377 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-377

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 4 en el número: 377 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos