Pericia del Doctor Don Marcelino Freire:
« En el año de 1857, don Pascual Rosas y don Dámaso Centéno, compraron al Fisco diez y seis leguas cuadradas de cam.
po á razon de ciento y pico de pesos legua, uno ó dos años despues hizo don Pascual Rosas un viaje 4 Buenos Aires, y vendió á don Luis Lamas, socio de Hué, cuatro leguas de las diez y seis (la parte mas distante é inferior en pastos y sin Cañada) á 3,000 $ legua, recibiendo Rosas el importe en carrusjes usados á un alto precio, pues inmediatamente de conducidos á esta ciudad, los vendió todos con un considerable quebranto, porque el precio que habia obtenido era muy excesivo para los que aqui tenian los terrenos en esa época: se podian comprar terrenos y se compraban á razon 200 $ legua y alganos por menor precio.
«En Febrero de 1865, celebré don Pascual Rosas venta en la ciudad de Sau Nicolás de las cuatro leguas que le habian quedado, siendo esta de mejor calidad, lo que se puede justificar por el plano que está á la vista por quedar mas cerca de ésta ciudad, y en la Cañada de Gomez, donde tiene aguada aun que no permenente y mejores pastos á 2,000 $ legua, y recibió una cantidad á cuenta, habiendo quedado sin efecto esta venta porque el comprador notó que el terreno tenia algunas cuestiones con don José Manuel Moreno y estaba al mismo tiempo sin deslindar con la parte de Centeno.
« En los años 1865 y 1866, el Fisco ha vendido en diferentes lotes varias fracciones de terrenos enlas Cañadas Totoras, del Arbel y los Leones en remate público á 4,000 y 1,500 en billetes de la Provincia que se compraban desde 40 4 60 p. 0/, es decir, desde 500 á 700 $ plata. El principal comprador de estos terrenos ha sido don Cárlos Casado por intermedio de don Mariano Lopez. Los terrenos que el perito tasador por parte de Hué cita haber vendido últimamente el señor Tiche, son de los comprados al Fisco á los precios indicados.
« En los mismos años 1865 y 1866, Don Benito Freire, ha obtenido cuatro leguas de campo fiscal, tres de ellos tasados por una Comision que nombró el Gobierno, compuesta de don
Compartir
74Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1866, CSJN Fallos: 4:314
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-314
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 4 en el número: 314 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos