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Fallos: 39:339 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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CAUSA LXXXIX
D. Tomás R. Sanchez contra D. Pedro San Germes, sobre cumplimiento de un contrato de compra.

Sumario. — La accion dirijida ú que se cumpla un contrato de compra es personal, y no procede contra el antecesor del vendedor, Caso. — D. Tomás R. Sanchez se presentó ante el Juzgado, esponiendo:

Que por escritura pública de 22 de Setiembre de 1883, pasada ante el escribano D. Pedro García, doña Cármen Argañarás de Armesto por sí y en representacion de sus hijos menores Ramon, Ciriaca, Arcangel y Eladio Armesto, esposa la primera é hijos legítimos los otros de D. Telésforo Armesto, le vendió una finca situada al sud de la ciudad de Santiago en el lugar denominado Contreras, compuesta de 18 cuadras cuadradas con 98 centésimos ; Que este terreno fué vendido áD, Telésforo Armesto, rausante de sus herederos por D. Pedro San Germes, segun escritura de 29 de Noviembre de 1877 pasada ante el escribano D. Emilio Villar;

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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:339 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-339

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