CAUSA CLY
Solanas Carreras y Compañía contra Von Nicanor tiodoy, por cobro de pesos ; sobre suspension del término probatorio.
Simario. — Resuelta la improcedencia de la peticion de arraigo, y concedida la apelacion en devolutivo sin oposicion, habiéndose proseguido de hecho los procedimientos, no puede devlararse suspenso el término probatorio por ese incidente, Caso. — En 23 de Marzo de 1889, Don Nicanor Godoy, pidió que mientras se tramitaba y resolvía el incidente promovi- ; do por úl sobre arraigo, se declarase suspenso el término de prueba, por ser ese incidente de aquellos que suspenden el curso vel juicio. Citó el fallo de la Suprema Corte, sérico 2", tomo 2", | página 245. R Conferido traslado, los señores Solanas Carreras y Compañía, pidieron el rechazo con costas, de la peticion.
Dijeron: que el arraigo pedido era improcedente, y asf lo hubía resuelto el Juzgado, y que el incidente promovido no afectaba las diligencias de prueba, no siendo permitido á las partes promover incidentes desautorizados por la ley para provocar La prolongacion del término de prueba que es perentorio.
r. vu Eo a
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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:33
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-33
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