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Fallos: 36:371 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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mente mandó un bote y salvó toda la madera perteneciente á la canaleta ; despues de hecho esto y estando el buque en peligro, llevaron estu á sus anclas, lo que concluyeron de hacer ú las siete y media de la tarde.

Que la avería hecha al buque y á la canaleta, la atribuye al encargado del muelle por no haber entrado la canaleta despues de haber sido ordenado de hacerlo varias veces por el esponente y el estivador, y además, mientras ha permanecido cargando en la canaleta del muelle de los señores Ledesma Hermanos, han estado en contínua alarma de que los cabos de tierra se viniesen, estando el buque en contínuo peligro, Que en el dia de hoy, ha llegado á este puerto, y cumpliendo con su deber, en presencia de los hechos relacionados, que constan de su diario de navegacion, otorga : Que protesta cuanto sea necesario y contra quien corresponda y haya lugar en derecho, por las averías, daños y perjuicios causados, reservándose las acciones que lo competan, para usarlas cuándo y cómo le convenga.

Asilo dijo y otorgó y prévia lectura ratifica su contenido y firma con los testigos Don J. Y. Van-Oppen y Don Waldino Basualdo, vecinos, mayores de edad, doy fé.

Sigue úla de igual clase por Antonio Carboni, al folio catorce, —6. KR. Douglas. — Master. — Testigo: J. F. Van-Oppen, hijo. — Testigo: Waldino Basualdo. — Hay un signo. — Ante mí, Jacinto Correa, Escribano de Marina.

Concuerda con su matriz que pasó anto mi en el Registro de Marina ú mi cargo, de que doy fé. A solicitud del interesado, espido el presente, que signo y firmo, fecha ul supra. — Jacinto Correa, Escribano de Marina.

Contestando el traslado, pidió el rechazo de la demanda, con costas y la condenacion de los señores Ledesma Hermanos, al pago de las averías ocasionadas al vapor Godrevy, daños y perjuicios y costas.

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:371 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-371

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