tos en que se apoyó la inteligencia que les asignó la cámara (Fallos:
270:176 ; 302:795 ; 302:1564 ; 303:972 ; 304:1087 ; 311:2619 y 316:832 ).
Por ello, se desestima el recurso extraordinario. Con costas. Notifíquese y devuélvase.
Horacio RosAtTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — RICARDO Luis
LORENZETTI.
Recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, parte demandada, representado por el Dr: Rodolfo Aulmann.
Traslado contestado por la Cámara de Frigoríficos Exportadores de Pescado de Río y Afines de la Provincia de Santa Fe, parte actora, representada por el Dr. Gustavo Alejandro Latini.
Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala A.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Rosario n° 2.
GRIEGO, BRANDON 0 MAXIMILIANO PEREYRA S/ INCIDENTE DE
INCOMPETENCIA
COMPETENCIA ORDINARIA
Es competente la justicia ordinaria para entender en la causa que se sigue contra quien fue aprehendido por la policía en el interior del predio de una embajada adonde habría ingresado mediante escalamiento de un muro, pues los estados extranjeros y sus representaciones diplomáticas no revisten la calidad de aforados en los términos de los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional y 24, inciso 1, del decreto-ley 1285/58 y de las particularidades del hecho no surge que se hubieran afectado las actividades propias de la embajada o de sus funcionarios.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°) °) Sentencia del 27 de febrero de 2025. Ver fallo.
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Año: 2025, CSJN Fallos: 348:60
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