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Fallos: 348:49 de la CSJN Argentina - Año: 2025

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resulta exigible que se evidencien fehacientemente las razones que justifiquen resoluciones de esa naturaleza.


MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA
Una medida innovativa es una decisión excepcional porque altera el estado de hecho o de derecho existente al tiempo de su dictado, ya que configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, lo que justifica una mayor prudencia en la apreciación de los recaudos que hacen a su admisión.

MEDIDA CAUTELAR
Cuando se está en presencia de una medida cautelar colectiva que tiene efectos expansivos resulta imprescindible acentuar la apreciación de los parámetros legales exigidos para su procedencia ya que, las garantías del debido proceso y la igualdad ante la ley se ven particularmente comprometidas.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires 18 de febrero de 2025.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte demandada en la causa Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional c/ GCBA s/ inc. de apelación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1) Que la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (en adelante, AMFJN) promovió una acción declarativa ante la justicia nacional en lo contencioso administrativo federal contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de obtener la declaración de inconstitucionalidad del artículo 4° de la ley local 6452, en

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Año: 2025, CSJN Fallos: 348:49 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-348/pagina-49

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