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Fallos: 347:621 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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presupuestado. Agréguese esta queja digital al expediente principal que se encuentra radicado en esta Corte.


RICARDO Luis LORENZETTI.
Recurso de queja interpuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General Impositiva, representada por el Dr: Carlos Santiago Ure, con el patrocinio letrado de la Dra. María del Rosario Creixent Laborde.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n" 6.

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. c/
ENTRE RIOS, PROVINCIA DE s/ ACCIÓN DECLARATIVADE
INCONSTITUCIONALIDAD


MEDIDA CAUTELAR
Es procedente la medida de no innovar solicitada por una sociedad respecto de la pretesión de cobro de la provincia del impuesto a los ingresos brutos y de sellos pues los antecedentes resultan prima facie demostrativos de que la situación descripta en la demanda es sustancialmente análoga a la resuelta por la Corte en otros casos.


MEDIDA DE NO INNOVAR
Se encuentra acreditado el peligro en la demora que torna procedente la medida de no innovar solicitada por una sociedad respecto de la pretensión de cobro de la provincia del impuesto a los ingresos brutos y de sellos, en razón de las diversas consecuencias que podría generar la ejecución de la pretensión fiscal referente a la incidencia de los impuestos reclamados, a la suspensión provisoria del registro de proveedores del Estado por su supuesto incumplimiento en el pago de tributos locales, a la falta de cobro de las facturas adeudadas por tal motivo, y a las consecuencias patrimoniales que podría traer aparejada su ejecución.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:621 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-621

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