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Fallos: 347:1260 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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OIT, pues ello implica conferirle a la organización más representativa privilegios que no son compatibles con la libertad sindical en cuanto exceden de una prioridad en materia de representación en las negociaciones colectivas, consultas con los gobiernos, o incluso en materia de designación de los delegados ante organismos internacionales.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

RECURSO EXTRAORDINARIO
La genérica invocación de derechos constitucionales -en el caso, propiedad, igualdad y defensa en juicio- es insuficiente para habilitar la instancia del artículo 14 de la ley 48, pues el artículo 15 demanda que la cuestión federal tenga relación directa e inmediata con la materia litigiosa y esa relación existe cuando la solución de la causa requiere necesariamente de la interpretación del precepto constitucional invocado.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 41, inciso a, de la ley 23.551 debe ser rechazado si el recurso no satisface el requisito de fundamentación autónoma al omitir hacerse cargo de los argumentos en los que el a quo sustentó las conclusiones impugnadas, limitándose solo a afirmar la validez constitucional de la norma.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

SENTENCIA ARBITRARIA
La doctrina de la arbitrariedad es de carácter excepcional y no tiene por objeto convertir a la Corte Suprema en un tribunal de tercera instancia ordinaria, sino que procura cubrir supuestos excepcionales en los que groseras deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo impiden considerar al fallo una sentencia fundada en ley.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1260 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-1260

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