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Fallos: 346:1563 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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IV-
Por ello, opino que corresponde declarar abstracta la cuestión y, por las razones expuestas, dejar sin efecto la sentencia apelada. Buenos Aires, 5 de diciembre de 2022. Laura Mercedes Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2023.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la parte demandada en la causa Gómez, Elisabeth Karina c/ Bockel, Juan José -Subsecretario General a cargo del Defensor del Pueblo de la Nación s/ amparo ley 16.986", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir por razón de brevedad.

Por ello, se declara inoficioso un pronunciamiento del Tribunal en la causa y se revoca la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese, devuélvanse los autos principales y remítase digitalmente la queja a sus efectos.

Horacio RosATTI — CARLos FERNANDO ROSENKRANTZ — JUAN CARLOS
MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.
Recurso de queja interpuesto por el Subsecretario General a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Juan José Bockel, con el patrocinio letrado del Dr. Daniel Jorge Bugallo Otano.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 2 de Resistencia.

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1563 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-1563

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