APRECIACION DE LA PRUEBA
La mera invocación de cualquier incertidumbre acerca de los hechos no impide, per se, obtener razonablemente, a través de un análisis detenido de toda la prueba en conjunto, el grado de convencimiento necesario para formular un pronunciamiento de condena.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
APRECIACION DE LA PRUEBA
El concepto "más allá de duda razonable" es, en sí mismo, probabilístico y, por lo tanto no es, simplemente, una duda posible, del mismo modo que no lo es una duda extravagante o imaginaria; es, como mínimo, una duda basada en razón.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la parte querellante contra la sentencia por la que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa decidió absolver a A R y a C S A D en orden a los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado (cinco hechos) y abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal (tres hechos), atribuidos al primero en carácter de autor y a la segunda en calidad de partícipe necesaria (fs. 91/103 del presente legajo).
En su requerimiento de elevación a juicio, dicha parte sostuvo -al igual que la fiscalía- que entre septiembre y octubre de 2015, durante su detención en el Escuadrón 16 -Clorinda- de Gendarmería Nacional, E MD G fue abusada por el jefe de guardia R, quien la accedió carnalmente y obligó a practicarle sexo oral, mientras que A D también detenida allí, la amedrantó para que no se opusiera a esos abusos (fs.
393/400 y 428/432 de los autos principales).
Según el a quo, la sentencia absolutoria del tribunal oral contó con la debida fundamentación.
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:143
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