OCTUBRE
CORRADO SOTO, GUILLERMO CRISTIAN y Otros c/ LOS
GROBOS AGROPECUARIA SA y Otros s/ ACCIÓN PREVENTIVA
DE DAÑOS
COMPETENCIA LOCAL
Es competente la justicia local para entender en la acción preventiva de daño ambiental de incidencia colectiva iniciada contra los propietarios de los inmuebles agrícolas y sus explotadores por la aplicación, manipulación, traslado y disposición de agroquímicos, pues son las autoridades locales las encargadas de valorar y juzgar si las actividades denunciadas afectan aspectos tan propios del derecho provincial, como lo es todo lo concerniente al medio ambiente.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°)
COMPETENCIA LOCAL
Resulta competente la justicia local para entender en la acción preventiva de daño ambiental de incidencia colectiva iniciada contra los propietarios de los inmuebles agrícolas y sus explotadores por la aplicación, manipulación, traslado y disposición de agroquímicos, pues el ambiente es responsabilidad del titular originario de la jurisdicción, que no es otro que quien ejerce autoridad en el entorno natural y en la acción de las personas que inciden en ese medio, máxime cuando no se advierte un supuesto de problemas ambientales compartidos por más de una jurisdicción.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
COMPETENCIA LOCAL
Es competente lajusticia local para entender en la acción preventiva de daño ambiental de incidencia colectiva iniciada contra los propietarios ) Sentencia del 4 de octubre de 2022. Ver en https://sj.csin.gov.ar/homeSJ/.
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1085
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-1085
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