FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de marzo de 2021. 
Vistos los autos: "Escudero, Maximiliano Daniel s/ recurso de casación".
Considerando:
1") Que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió, con fecha 15 de abril de 2009, rechazar el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa de Maximiliano Daniel Escudero contra el decisorio de la Sala II del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en cuanto dispuso casar parcialmente la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal n9 1 de Zárate-Campana (en la que se había condenado al nombrado a la pena de seis años de prisión por el robo doblemente calificado por el uso de arma y por cometerse en poblado y en banda) y modificar la calificación legal asignada a los hechos por los que fuera condenado el imputado, suprimiendo la agravante referida a la comisión en poblado y en banda, pero manteniendo incólume la pena de seis años de prisión oportunamente aplicada. Contra el decisorio del superior provincial la defensa interpuso recurso extraordinario federal, el cual fue concedido.
2") Que en el referido recurso, la parte recurrente se agravió de lo resuelto por la Suprema Corte provincial en orden al rechazo del planteo de la parte referido a la violación a la prohibición de la reformatio in pejus derivada de la decisión de la casación de suprimir la agravante referida a la comisión del robo en poblado y en banda pero mantener indemne la pena impuesta por el tribunal de mérito. En esa dirección, argumentó que la sentencia apelada resulta auto contradictoria -por cuanto, en opinión de la parte, afirma y niega a la vez la posibilidad de que la modificación en el encuadre legal pueda redundar en una reducción de la sanción penal aplicable-, como así también que el referido fallo se apartó de lo expresado por esta Corte Suprema -en especial, en el voto del juez Zaffaroni- al pronunciarse por primera vez en el sub lite, oportunidad en la que dejó sin efecto la sentencia anterior del tribunal a quo que había desestimado el recurso de inaplicabilidad de ley de la defensa y reenvió las actuaciones para que se dictase una
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:380 
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