templen la estabilidad y continuidad de la situación presente y futura de los niños, niñas y adolescentes, objetivo que perseguían las medidas ordenadas por el juez de primera instancia.
TENENCIA DE HIJOS
Corresponde revocar la sentencia que dejó firme la decisión del tribunal de alzada que dispuso que se cumpla -sin la realización de las medidas para mejor proveer ordenadas por el juez de primera instancia- con la resolución que ordenaba la adopción de un modo convivencial alternativo para el niño, pues no se trata de convalidar ni de propiciar conductas como las destacadas por la cámara -incumplimiento de resoluciones judiciales firmes que, por lo demás, no resultan atribuibles al niño- ni de definir con qué progenitor debe vivir, sino permitir que esa decisión finalmente se adopte de acuerdo con suficientes elementos de juicio acerca de su realidad actual, considerando de manera primordial el principio del interés superior del niño y de conformidad con las normas que resultan aplicables, a fin de evitar un nuevo conflicto y un estado de incertidumbre cuyos efectos emocionales y psicológicos resultan impredecibles.
TENENCIA DE HIJOS
Corresponde revocar la sentencia que dejó firme la decisión del tribunal de alzada que dispuso que se cumpla -sin la realización de las medidas para mejor proveer ordenadas por el juez de primera instancia- con la resolución que ordenaba la adopción de un modo convivencial alternativo para el niño, pues si bien el informe del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia que da cuenta que no se observa una vulneración en los derechos del niño derivados de la convivencia con su madre, resulta sobreviniente a la interposición del recurso extraordinario, debe ser atendido en el pronunciamiento pues, a priori, revela datos acerca de la actual situación en que se encuentra el niño y de la inexistencia de peligro en mantener la convivencia con su madre hasta tanto se cumplan con las medidas para mejor proveer ordenadas por el juez de la causa, sin que ello implique abrir juicio alguno acerca de la nueva medida cautelar decretada.
RECURSO EXTRAORDINARIO
Las resoluciones por las cuales los superiores tribunales de provincia deciden acerca de la procedencia o improcedencia de los recursos ex
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2474
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