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Fallos: 344:1003 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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SENTENCIA ARBITRARIA
El pronunciamiento judicial que desconoce o acuerda derechos no debatidos en la causa es incompatible con las garantías de los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional, pues el juzgador no puede convertirse en el intérprete de la voluntad implícita de una de las partes sin alterar, de tal modo, el equilibrio procesal de los litigantes en desmedro de la parte contraria.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de mayo de 2021.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Dirección Nacional de Vialidad c/ Silva, Juana Ruperta s/ demanda por expropiación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

19 Que, contra la sentencia de la Cámara Federal de Tucumán que confirmó la decisión del juez de primera instancia en cuanto admitió la procedencia de la acción de expropiación promovida por la Dirección Nacional de Vialidad y la modificó en lo referente al quantum de la indemnización, a la tasa de interés y a su modo de cálculo, la parte actora interpuso el recurso extraordinario federal cuya denegación dio origen a la presente queja.

2 Que, en cuanto aquí interesa, el tribunal a quo examinó, en primer término, los planteos de ambas partes que tenían por objeto cuestionar la cuantía de la indemnización. Sobre ese punto, consideró que el peritaje efectuado por el experto designado en la causa representaba adecuadamente el "valor objetivo del bien" y que el Tribunal de Tasaciones de la Nación "omitió ponderar elementos de juicio" al momento de emitir su dictamen.

Seguidamente, expuso que el juez de grado no había fijado la tasa de interés aplicable, por lo que, a los efectos de "preservar al afectado de cualquier perjuicio derivado de una eventual desactualización del monto indemnizatorio, producida entre el momento de la tasación y el efectivo pago" debía aplicarse, conforme la reiterada juris

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1003 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-1003

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