ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA
Frente al carácter subsidiario que el art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación otorga a la acción meramente declarativa, únicamente la comprobación cierta y concreta de dicha situación podría llevar a examinar, en su caso, la cuestión bajo el prisma de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que garantiza el derecho de toda persona a un recurso rápido y sencillo (art. 25) que no puede ser desconocido por el derecho interno de los Estados partes (conf. art. 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados).
INMUNIDADES PARLAMENTARIAS
Las previsiones del art. 68 de la Constitución Nacional, destinadas a garantizar la independencia funcional de las cámaras legislativas, tienen una elevada significación, al extremo de que resulta lícito afirmar que integran el sistema republicano (voto del juez Rosenkrantz).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
INMUNIDADES PARLAMENTARIAS
La disposición contenida en el artículo 68 de la Constitución Nacional supone la irresponsabilidad penal y civil de los legisladores nacionales con referencia a los actos que ese precepto contempla (voto del juez Rosenkrantz).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
INMUNIDADES PARLAMENTARIAS
Las expresiones vertidas por una legisladora que dieron lugar al inicio de una acción declarativa no constituyen una crítica efectuada a título personal y escindida del contexto de su función como integrante del Congreso de la Nación, sino que se erigen como un cuestionamiento que efectuó con respecto a la designación y al desempeño del actor como funcionario público, sobre la base de una investigación realizada por la agrupación política que integraba, así como de una investigación judicial en curso, por lo que dichas expresiones tienen una vinculación adecuada y suficiente con el ejercicio de su función como legisladora (voto del juez Rosenkrantz).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:562
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