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Fallos: 343:378 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de junio de 2020.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Que entre el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña y el Juzgado de Garantías y Transición de General José de San Martín, ambos de la Provincia del Chaco, se suscitó un conflicto negativo de competencia en la causa en que se investiga una supuesta infracción a la ley 24.051, por la descarga de afluentes cloacales en el arroyo Correntoso, que desemboca en el río Oro, afluente del río Paraguay.

27) Que la jueza federal declinó su competencia a favor de la justicia local con fundamento en que no se habría acreditado la afectación de un recurso interjurisdiccional. Sostuvo que del informe realizado por la Administración Provincial del Agua (APA), surgía que la presencia de coliformes fecales y aguas servidas solo afectaba a vecinos de la localidad de General San Martín, sin que se verifiquen en la causa elementos que permitan concluir que el río Oro se encuentre en vías de contaminación.

En ese entendimiento, concluyó que la posible contaminación no trascendería las fronteras de la provincia, motivo por el cual no se habría afectado un recurso interjurisdiccional.

Suma a lo expuesto que no se darían en el caso los supuestos establecidos en la ley 24.051, artículo 1".

3") Que por su parte, la jueza provincial rechazó esa atribución de competencia, sobre la base de un informe de la licenciada Cúneo Basaldúa, del cual desprendió que los valores detectados no cumplen con los máximos admisibles y que el efluente no era apto para su vuelco al curso de agua superficial, enmarcándose en el Anexo II de la ley, lo que afectaba el cauce interprovincial.

Con la insistencia del magistrado federal quedó formalmente trabada la contienda.

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-378

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