SERCA S.A. c/ ADMINISTRACIÓN FEDERAL pre INGRESOS
PUBLICOS - DGI s/ IMPUGNACIÓN DE DEUDA
RECURSO EXTRAORDINARIO
Aunque los agravios del recurso extraordinario remiten al examen de cuestiones fácticas y de derecho procesal que, en principio, no son susceptibles de revisión por la vía prevista en el art. 14 de la ley 48, cabe hacer excepción a tal premisa cuando la sentencia apelada satisface solo en apariencia la exigencia constitucional de adecuada fundamentación y omite el examen de planteos de las partes conducentes para la solución del caso.
SOCIEDAD ANONIMA
Es arbitraria la sentencia que no dio respuesta a la cuestión debatida, ya que al remitirse al precedente "Buhar Yaco", en el que se expidió sobre la deuda de aportes determinada a un trabajador autónomo que desarrollaba en forma simultánea tareas de conducción en varias sociedades anónimas, omitió examinar las consecuencias jurídicas de los pagos efectuados por el presidente del directorio de la sociedad actora al régimen de autónomos y si su inclusión en la nómina de empleados de la sociedad implicaba la opción de incorporación voluntaria al régimen dependiente y, por lo tanto, la obligación de ingresar todas las cotizaciones que integran la contribución unificada de la seguridad social.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de noviembre de 2020.
Vistos los autos: "Serca S.A. c/ Administración Federal de Ingresos Públicos — DGI s/ impugnación de deuda".
Considerando:
19 Que contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que -al revocar la resolución 69/11 de la Administra
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1617
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