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Fallos: 342:746 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de mayo de 2019.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el actor en la causa Frois, Mauricio s/ recurso de inconstitucionalidad", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1 Que mediante sentencia del 7 de octubre de 2014, publicada en Fallos: 337:1081 , esta Corte hizo lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por el doctor Mauricio Luis Fernando Frois contra el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe que, al declarar inadmisible el recurso local de inconstitucionalidad, había dejado firme la decisión del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados que lo había destituido de su cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Sentencia de la Cuarta Nominación del Distrito Judicial n° 1, de la mencionada provincia.

25) Que, para decidir de ese modo, este Tribunal entendió que se habían afectado las garantías -de raigambre constitucional- del debido proceso y a la tutela judicial efectiva que asistían al recurrente, al verse groseramente frustrado el derecho del magistrado destituido a promover un genuino control judicial ante un tribunal de justicia que satisfaga la condición esencial de ser imparcial.

En tal sentido, en el fallo se subrayó que la corte santafesina no podía ser considerada imparcial, en tanto estaba:

",..integrada por cuatro jueces que, junto con otros siete miembros, constituyeron con anterioridad el tribunal de enjuiciamiento que —como lo prevé la ley 7050- tomó íntegro conocimiento del caso, participó como director del procedimiento y juzgó minuciosamente al recurrente, examinando su conducta, subsumiéndola en las calificaciones legales y estableciendo su responsabilidad política, para concluir en la destitución del cargo, configura objetivamente una patente infracción a la garantía del tribunal imparcial a cargo del control judicial efectivo, que prevén los arts. 18 de la Constitución Nacional y 1, 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Huma

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:746 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-746

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