D) Ala Provincia del Chubut:
Que informe qué yacimientos petrolíferos y empresas que se dedican a la exploración, explotación y/o cualquier otro aspecto relativo a la actividad hidrocarburífera, se encuentran ubicadas en las zonas aledañas al Río Senguer, y acompañe toda actuación vinculada al impacto que sus actividades ocasionan en la referida cuenca hídrica.
D) i) Al Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable:
1) Que informe si se han verificado descargas contaminantes directas al cauce del Río Senguer y de sus afluentes.
2) Que indique si la calidad del agua del Acueducto Lago Musters-Comodoro Rivadavia se encuentra dentro de los estándares o parámetros permitidos para consumo humano de acuerdo al Código Alimentario Argentino.
En todos los casos se deberá acompañar copia de las actuaciones producidas y documentación relacionada. Se fija un plazo de 30 treinta) días para el cumplimiento de lo ordenado. Líbrense los oficios pertinentes.
ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — Juan CARLOS MAQUEDA — RICARDO
Luis LorRENZETTI — HORACIO ROSATTI. 
BANCO DeL TUCUMÁN SA v OTROS c/ BCRA - s/ ENTIDADES
FINANCIERAS - LEY 21.526 - ART. 41 
OMISION EN EL PRONUNCIAMIENTO
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que impuso multas en los términos del art. 41, inc. 3, de la Ley de Entidades Financieras si el tribunal de la causa no examinó los planteos referidos a su inconsti 
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:142 
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