Solicita, por último, que se cite como tercero interesado a José Andrés Nemanic, en su condición de concesionario de la cantera de mineral arcilla denominada "Doña Añica" que se encuentra ubicada en el predio en cuestión.
Ofrece prueba. Solicita que se haga lugar a la demanda, con costas.
ID) A fs. 255/258 se presenta la Provincia de Mendoza y contesta la demanda. Manifiesta que no se opone a la pretensión de la actora sino que considera que para fijar la indemnización correspondiente deberá tenerse en cuenta la eventual afectación de los derechos mineros por ella acordados al concesionario respecto del bien a expropiar. Añade que la concesión que hizo fue anterior a la declaración de utilidad pública formulada por la Dirección Nacional de Vialidad, y que se realizó en el marco de la normativa vigente en materia minera.
Explica que por la resolución 326/96 del 8 de noviembre de 1996, la Dirección General de Minería de la provincia ordenó registrar a nombre de José Andrés Nemanic la cantera de mineral arcilla denominada "Doña Añica". Pone de resalto que al 25 de septiembre de 2001, dicha cantera registraba cuatro lugares "donde se han producido extracciones de poco volumen" y que lo expuesto es a los fines previstos en la ley 21.499, "ante la posibilidad de que debiera expropiarse juntamente con el inmueble, los derechos de terceros" (fs. 256 vta).
Se adhiere a la citación del tercero. Ofrece prueba y solicita se rechace la demanda en los términos en que ha sido planteada. Asimismo pide que se fijen las costas por su orden en virtud de la naturaleza de las cuestiones que se tratan y el interés concurrente -aunque indirecto- de la provincia en la concreción de la obra en cuestión.
II) A fs. 280/283 se presenta José Andrés Nemanic, por medio de apoderado y solicita se lo tenga por parte, se disponga la suspensión de los procedimientos y se fije una audiencia de conciliación que contemple sus derechos, ya que de lo contrario quedaría sin percibir la suma de catorce millones diez mil pesos ($ 14.010.000) que reclama en concepto de indemnización por ser propietario del subsuelo de la superficie a expropiar por la actora.
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:1408
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