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Fallos: 341:85 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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TUTELA SINDICAL
Es arbitraria la sentencia que no dio debida respuesta a los planteos vinculados a la procedencia de la acción prevista en el art. 52 de la ley 23.551 al descartar, en forma dogmática, la fuerza probatoria de diversos elementos de juicio anejados a la causa donde se destaca la ausencia, por un lado, de un análisis detenido de la prueba testifical obrante y, por el otro, de un examen conjunto de aquella con el resto del material probatorio a fin de esclarecer la conducta atribuible alas partes y proceder a su calificación jurídica (Voto del Dr. Horacio Rosatti).

TUTELA SINDICAL
Corresponde desestimar la queja ante la comprobación de que los motivos invocados por el empleador son justa causa para el cese de la protección gremial ya que las evaluaciones negativas justificaban el cese de acuerdo a la normativa universitaria y la Universidad no tiene más opción que disponer el cese sindical cuando un profesor no es más su empleado (Disidencia del Dr: Carlos Fernando Rosenkrantz).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de exclusión de tutela sindical deducida por la Universidad Nacional de Rosario en los términos de la ley 23.551 contra Luis Calarota, docente de bellas artes en esa universidad (fs. 261/263 vta., de los autos principales, a los que me referiré en adelante salvo aclaración en contrario).

Para así decidir, tuvo en consideración que el trabajador estaba sometido a un régimen de evaluaciones periódicas establecido por el reglamento universitario que preveía la pérdida de titularidad en el cargo para aquellos docentes que recibiesen dos evaluaciones negativas consecutivas por parte de la Comisión Evaluadora de la Carrera Docente, supuesto en el cual quedó comprendido el trabajador.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:85 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-85

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