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Fallos: 341:546 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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CASO O CONTROVERSIA
No compete a los jueces hacer declaraciones generales o abstractas, porque es de la esencia del Poder Judicial decidir colisiones efectivas de derechos.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.


CASO O CONTROVERSIA
No está en la órbita del Poder Judicial de la Nación la facultad de expedirse en forma general sobre la constitucionalidad de las normas emitidas por los poderes Legislativo y Ejecutivo, ya que el fin y las consecuencias del control encomendado a la Justicia sobre las actividades ejecutiva y legislativa suponen que este requisito de la existencia de "caso" o "controversia judicial" sea observado rigurosamente para la preservación del principio de división de poderes.


ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Corresponde rechazar la acción declarativa de inconstitucionalidad cuestionando el art. 3", inc. e), de la resolución general de AFIP 2537 si el acogimiento al régimen de la ley 26.476 por los conjeturales derechos de exportación adeudados que podría ser desbaratada por la restricción contenida en aquella norma es según lo expresa la actora una "mera hipótesis de trabajo".

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

A fs. 195/199, la Sala "A" de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, al confirmar la sentencia de la instancia anterior, hizo lugar a la acción de certeza instaurada por F: P. Rubinstein y Cía. S.R.L.

y declaró la inconstitucionalidad del art. 3", inc. e), de la resolución general (AFIP) 2.537.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:546 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-546

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