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Fallos: 340:221 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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GIGAS S.R.L. c/ GRABARNIK, ISRAEL s/ EJECUTIVO

CONFLICTO DE COMPETENCIA
Las cuestiones de competencia suscitadas entre tribunales de distinta jurisdicción deben ser resueltas por aplicación de las normas naciones de procedimientos como único medio razonable de mantener la coexistencia entre diversas jurisdicciones dentro de una organización federal.


JURISDICCION Y COMPETENCIA
De las previsiones de los artículos 4, 10 y 352 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación se colige que la decisión atinente a la aptitud jurisdiccional de un juez o tribunal no puede ser adoptada en cualquier estado del proceso sino que debe ceñirse a las oportunidades así establecidas, lo cual reconoce basamentos vinculados con la seguridad jurídica y la economía procesal.


CONFLICTO DE COMPETENCIA
La oportunidad de los magistrados de origen para declarar su incompetencia solo puede verificarse de oficio al inicio de la acción, o bien al tiempo de resolver una excepción de tal índole.


CONFLICTO DE COMPETENCIA
Corresponde que el magistrado provincial para seguir entendiendo en las actuaciones si éste se declaró incompetente de oficio fuera de las ocasiones previstas en las normas nacionales de procedimiento en tanto su resolución es posterior a otra mediante la cual ya se había dado curso a la vía ejecutiva promovida disponiendo el emplazamiento de la ejecutada y citándola de remate para oponer excepciones.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:221 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-221

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