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Fallos: 34:66 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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cuadradas equivalía á 160874 metros cuadrados, y que la suma de 19485 metros consignada en el fallo de la Suprema Corte procedía de un error aritmético, El Juez Federal, por auto de 14 de Setiembre de 1887, elevó los autos á la Suprema Corte para la rectificacion ó aclaracion del error, y la Suprema Corte por fallo del 17 del mismo mes, se los devolvió para que dictara su resolucion.

FEnllo del Juez Federal Rosario, Detubre 1 de 1887.

Vistos y considerando: 1° Que el único argumento aducido por el espropiado en la presente causa para pedir reconsideración de la sentencia pronunciada por la Suprema Corte de Justicia Nacional, es el de existir en ella un error de cálculo y por consiguiente, de hecho.

2" Que esa causal desaparece en presencia de la disposicion clara y terminante del artículo 929 del Código Civil, que preseribe que tal error no puele alegarse, cuando la ignorancia de su conocimiento proviene de una negligencia culpable de la parte á quien perjudica.

3 Queesta negligencia existe en el presente caso por cuanto notificado Canessa en persona de la sentencia de foja 51, dejó vencer el término legal para pedir reforma ú aclaratoria de ella ante el mismo tribunal que la dictó, único competente para el conocimiento de esos recursos.

4" Que además, venidos los autos ú este tribunal para proceder á cumplimentar aquella sentencia ejecutoriada ya y contra la que no procedía hábilmente ningun recurso, por haber udquirido la autoridad de la cosa juzgada, el espropiado fué notificado por medio de su representante en esta, del decreto de foja 54, con fecha 19 de Agosto en que se mandaba cumplir la

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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:66 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-34/pagina-66

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