339 la Nación y se registre en el libro correspondiente por ante mí, que doy fe. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA. Héctor Daniel Marchi (Secretario General de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
ORGANIZACIÓN DEL CUERPO DE PERITOS TASADORES DE LA
JUSTICIA NACIONAL. APROBACIÓN DE SU REGLAMENTO.
N" 28-
En Buenos Aires, a los 20 días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
1. Que esta Corte ha destacado la importancia de cumplir con el objetivo constitucional de afianzar la justicia, así como también la necesidad de profundizar los cambios tendientes a lograr el más eficaz desempeño de la función judicial en todas las instancias y jurisdicciones de la Nación.
II. Que en ese sentido, a este Tribunal le corresponde, dentro de las competencias que le confiere la legislación, adoptar las medidas y suministrar los mecanismos que faciliten la adecuada tramitación de los procesos y el correcto desempeño de los tribunales.
III. Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia que se viene desarrollando en el marco del programa de fortalecimiento institucional del Poder Judicial de la Nación, esta Corte Suprema de Justicia de la Nación ha iniciado un proceso de reordenamiento de los Cuerpos Periciales.
IV. Que el art. 52 del decreto-ley 1285/58 establece que funcionarán como auxiliares de la justicia nacional y bajo la superintendencia de la autoridad que establezcan los reglamentos de la Corte Suprema:
a) Cuerpos técnicos periciales de: médicos forenses, contadores y calígrafos;
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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:974
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