ABRIL
CEJAS MELIARE, ARIEL s/ HÁBEAS CORPUS
CUESTION FEDERAL
Suscita cuestión federal el recurso extraordinario en el que se debate el alcance otorgado a los artículos 18 y 43 de la Constitución Nacional, a la ley 23.098 y a diversas normas contenidas en los tratados, convenciones y documentos internacionales que forman parte de nuestro bloque constitucional.
—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—
HABEAS CORPUS
Alos fines del recurso extraordinario, la especial naturaleza del hábeas corpus exige la adopción de un criterio de admisibilidad en el que las exigencias formales no supongan un obstáculo para que la Corte Suprema se pronuncie respecto de la posible violación de los derechos fundamentales que la acción está llamada a tutelar.
—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—
HABEAS CORPUS
El "interés superior del niño" implica que los tribunales deben considerar como criterios rectores el resguardo del desarrollo y del ejercicio pleno de sus derechos en todos los órdenes de la vida, dispensándoles un trato diferente en función de las condiciones especiales, para lo cual el Estado argentino se comprometió a adoptar medidas positivas: entre otras, la de asegurar la protección contra malos tratos, en su relación con las autoridades públicas (artículos 3, 17, 19 y 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño).
—Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite—
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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:381
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