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Fallos: 339:1717 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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N., N. s/ Roo
CONFLICTO DE COMPETENCIA
Los conflictos de competencia en materia penal deben decidirse de acuerdo con la real naturaleza del delito y las circunstancias especiales en que se ha perpetrado, según pueda apreciarse prima facie y con prescindencia de la calificación que le atribuyan, en iguales condiciones, los jueces en conflicto.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
COMPETENCIA POR MATERIA
Toda vez que la competencia penal en razón del territorio se determina atendiendo al lugar donde se ha consumado el delito y que de las declaraciones de la víctima se desprende que fue desapoderado del camión en el que transportaba mercadería en un contenedor proveniente del exterior -que no había sido aún nacionalizada y por consiguiente, sometida al control aduanero- en jurisdicción bonaerense, corresponde declarar la competencia de la justicia federal de esa sección para conocer en las actuaciones en tanto como consecuencia de los hechos que se investigan, se habría visto frustrado el adecuado ejercicio de las facultades legales de la aduana.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Garantías N" 6 del departamento judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires, y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 35, se refiere a la causa instruida con motivo de la denuncia de Oscar Daniel L.

De los antecedentes de la causa surge que en ocasión en que el chofer de un camión, Alejandro Fabián P, transportaba mercadería en un contenedor proveniente, del exterior -que presentaba

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1717 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-1717

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