Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 339:1417 de la CSJN Argentina - Año: 2016

Anterior ... | Siguiente ...

la cámara del fuero. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 41.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLOS MAQUEDA.

SABSAY, DANIEL ALBERTO s/ Su PRESENTACIÓN EN AUTOS:
"FARMACITY S.A. c/ Fisco DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO S/ PRETENSIÓN ANULATORIA - EMPLEO PÚBLICO EXP. 21154"

RECUSACION
Es inadmisible la presentación directa ante la Corte para recusar con causa a uno de sus integrantes estando el juicio en trámite ante un superior tribunal provincial, toda vez que la oportunidad procesalmente contemplada para introducirla es, para la parte recurrente, al interponer el recurso extraordinario, y para la parte apelada al contestar el traslado previsto en el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , actuaciones que deben cumplirse ante el tribunal que dictó la sentencia recurrida en la instancia del art. 14 de la ley 48.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de octubre de 2016.

Autos y Vistos; Considerando:

1 Que el doctor Daniel Alberto Sabsay se presenta directamente ante esta Corte, en condición de gestor procesal del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, para recusar con causa al juez de este Tribunal doctor Carlos Fernando Rosenkrantz.

Sostiene que la parte cuyos intereses pretende tutelar interviene como tercero coadyuvante en la causa "Farmacity S.A. c/ Fisco de la

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

134

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2016, CSJN Fallos: 339:1417 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-1417

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 339 Volumen: 2 en el número: 473 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos